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Foto del Blog de Enrique Dans: Telemarketing: por fin una buena noticia

¿Harto de llamadas que ofrecen servicios que no ha solicitado?

Foto del Blog de Enrique Dans: Telemarketing: por fin una buena noticia¿Cansado de recibir llamadas a cualquier hora para ofrecerle un servicio que nunca ha solicitado? ¿De los correos electrónicos con ofertas que no tiene ningún interés en aprovechar? Pues está de enhorabuena: ahora puede ejercer, con un simple «golpe de ratón», el llamado «derecho de oposición».

Hemos decidido publicar esta información extraída de XL SEMANAL del 26 de junio de 2011 (sección CONOCER – página 48) porque también a nosotros nos hacen mínimo 2 llamadas publicitarias por día.

Es decir, puede darse de alta en una lista para dejar de recibir publicidad de empresas con las que no ha tenido ninguna relación o incluso de aquellas con las que sí la tenga, por ejemplo, su compañía telefónica. Se llama Lista Robinson y, una vez que su nombre aparece en ella, ningún departamento de marketing de España puede volver a ponerse en contacto con usted. Y, si lo hace, se arriesga a sanciones penales de hasta 600.000 euros.

El reglamento de la ley, aprobado en diciembre de 2007, obliga a las empresas, instituciones y organizaciones a consultar este tipo de «ficheros de exclusión» antes de lanzar una campaña publicitaria. Estas listas de autoexclusión existen en muchos otros países.

En España se han puesto en marcha por iniciativa de la Federación de Comercio Electrónico y Marketing Directo (FECEMD), con el visto bueno de la Agencia Española de Protección de Datos.

Se puso en marcha a comienzos de los años 90, pero entonces se refería solo al correo postal. Ahora se ha actualizado incluyendo las vías abiertas por las nuevas tecnologías: teléfono fijo y móvil, SMS, MMS, correo electrónico…

 

1. ¿PUEDO APUNTARME? Cualquier persona puede inscribirse en la Lista Robinson. Para ello es necesario indicar, de acuerdo con lo señalado en el reglamento del servicio, el o los medios a través de los cuales no desea recibir publicidad.

2. ¿CUÁNDO EMPIEZA A FUNCIONAR? Debido a que es posible que sus datos estén siendo tratados por alguna entidad en el momento que usted realice su solicitud de inscripción y que la publicidad, según el medio de comunicación empleado, puede demorarse en llegar a su destino, su inscripción será efectiva en el plazo de tres meses desde el día siguiente al que se inscribió.

3. ¿ES GRATIS? Para el ciudadano es un servicio completamente gratuito. Para las empresas, no. Hay una modalidad gratuita, pero es manual e individualizada; es decir, muy lenta. Si quiere descargarse el. fichero completo con la lista de todos los inscritos, tiene un coste de 150 euros (más IVA). La suscripción anual, para descargar el fichero tantas veces coma desee, tiene un coste de 550 euros (más IVA).

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